CONSEJO DIOCESANO DE MISIONES
DELEGACIÓN
EPISCOPAL DE MISIONES
Y
DIRECCIÓN DIOCESANA DE O.M.P. DE ZARAGOZA
ESTATUTOS
1.‑ NATURALEZA
El Consejo Diocesano de Misiones, bajo la dirección del Obispo y a través del Delegado de Misiones, es un órgano eclesial de reflexión y acción para la animación y coordinación misionera; en cuanto tal, se esforzará por ser espacio de comunión entre todos los representantes de las Instituciones y Grupos que trabajan en el campo de la animación y cooperación misionera "ad gentes". (Cfr. Responsabilidad Misionera de la Iglesia Española, 1979, Líneas Orientadoras, 3.1).
2.‑ FINALIDADES
El Consejo Diocesano de Misiones tiene como finalidad primordial:
2.1.- Promover la participación de toda la comunidad diocesana en las tareas de la misión "ad gentes".
2.2.- Ayudar al
Obispo, directamente o a través de la Delegación de Misiones, en su cometido de promover la Evangelización en todos los pueblos de la
tierra (Cfr.CIC 791,2).
3.‑ LINEAS DE ACCIÓN
3.1‑ En orden a
conseguir la coordinación
que propicie la unidad en la actividad pastoral por parte
de las Instituciones y Grupos misioneros establecidos
en la Diócesis, compete al Consejo Diocesano
de Misiones:
3.1.1.‑ Conocer los distintos ámbitos y ambientes en los
que se trabaja la Animación Misionera.
3.1.2.- Invitar a las Instituciones y Grupos a poner en
común los planes y proyectos de Animación Misionera.
3.1.3.- Propiciar la colaboración efectiva de unos organismos con otros en orden a que el trabajo de cada uno sea potenciado por el interés y la ayuda de los demás, reconociendo y respetando la autonomía de cada uno de ellos.
3.2.‑ En orden
a conseguir una cooperación misionera más eficaz, el Consejo Diocesano de Misiones se preocupará
de:
3.2.1.‑ Mantener una comunicación permanente con todos los
misioneros de la Diócesis, interesándose siempre por todo aquello que les
afecte.
3.2.2.‑ Estudiar y favorecer las iniciativas de animación y
cooperación misioneras que presenten las
Instituciones y Grupos
representados en el Consejo.
3.2.3.‑ Estudiar los problemas de la Animación y
Cooperación misioneras y proponer al Obispo y Consejo Diocesano de Pastoral las iniciativas que
crea oportunas.
3.2.4.‑ Promover y potenciar la formación misionera de todo el Pueblo de Dios, y especialmente de las personas más directamente implicadas en la Animación Misionera. (R.M. 83):
3.3.‑ Informar periódicamente sobre la actividad misionera.
3.4.‑ Además de estas
tareas específicas, el consejo Diocesano de Misiones trabajará en coordinación
con los demás organismos diocesanos en la Pastoral de conjunto de la Diócesis.
3.4.1.- El Consejo Diocesano de Misiones designará los miembros que lo representen en los organismos diocesanos, sobre todo en el Consejo Diocesano de Pastoral.
3.5.‑ El Consejo estudiará y discernirá las nuevas situaciones que se presenten como objetivo de la Animación Misionera, siguiendo las directrices del Magisterio de la Iglesia y las orientaciones de la Comisión Episcopal de Misiones.
3.6.‑ El Consejo Diocesano de Misiones, teniendo en cuenta que la Misión es siempre obra de Dios, y por tanto fruto de la oración y el sacrificio, solicitará especial apoyo de las Religiosas y Religiosos de Vida Contemplativa y de los Enfermos Misioneros. (RM. 78)
4.- COMPOSICIÓN
DEL CONSEJO
4.1.‑ El Presidente.
4.2.‑ El Secretario/a
4.3.‑ El Tesorero/a
4.4.‑ Un Consiliario cuando el Presidente no sea sacerdote.
4.5.‑ El coordinador de cada una de las
OO.MM.PP.:
‑La Obra
Misional Pontificia de la Propagación de la Fe.
‑La Obra
Misional Pontificia de la Infancia Misionera.
‑La Obra
Misional Pontificia de San Pedro Apóstol.
‑La Pontificia Unión Misional.
4.6.‑ Un representante del Seminario Diocesano.
4.7.‑ Un representante de cada Vicaría.
4.8.‑ Un representante de la CONFER Diocesana.
4.9.‑ Dos representantes de los Centros de Enseñanza.
4.10.‑ Un representante de los Institutos específicamente Misioneros.
4.11.- Un representante de los Institutos Seculares.
4.12.‑ Un representante por cada Asociación de Laicos Misioneros.
4.13.‑ De dos a tres
representantes de los Grupos de Voluntariado.
4.14.- Un representante del Hermanamiento Diocesano con el Vicariato Apostólico de San Miguel de Sucumbios. (Extinto)
4.15.- Un representante del Servicio Conjunto de Animación Misionera (S.C.A.M.).
4.16.- Un representante la Asociación Misionera "San Ignacio Clemente Delgado".
4.17.- Dos misioneros retornados
5.‑ SEDE Y ORGANIZACIÓN
5.1.‑ La Sede
del Consejo Diocesano
de Misiones será la de la
Delegación Diocesana de Misiones, Plaza de la Seo 6, 2º, puerta 3, 50001
Zaragoza.
5.2.‑ El Consejo Diocesano de Misiones actuará en Pleno y en Comisión Permanente.
5.3.‑ El Pleno está constituido por todos los miembros del Consejo.
5.4.- La comisión
Permanente está constituida por el Presidente, Secretario, Tesorero y uatro
personas más elegidas por el Pleno del Consejo respondiendo a la
representatividad de los distintos sectores.
5.5.- Corresponde al Presidente:
- Ostentar la representación de la Delegación
Diocesana de Misiones.
- Convocar y dirigir las reuniones del C.D.M. y
de la Comisión Permanente.
- Velar por el cumplimiento de los acuerdos del
Consejo Diocesano de Misiones y de
la Comisión Permanente
- Administrar, juntamente con el Tesorero, los
fondos y bienes según las normas de la Dirección Nacional de las OO.MM.PP. y del la
Administración Diocesana.
- Representar a la Delegación Diocesana de
Misiones en la Asamblea Nacional de las
OO.MM.PP. y en el Consejo Diocesano de Pastoral.
5.6.‑ A la Comisión Permanente compete:
- Actuar como órgano ejecutivo del Consejo
Diocesano de Misiones
- Preparar el Orden del Día de las reuniones del
Consejo.
- Resolver las cuestiones que se presenten en el
funcionamiento de la Delegación, dando cuenta posterior al Consejo Diocesano de
Misiones
- Estudiar las ayudas destinadas a las Misioneras
y Misioneros Diocesanos.
- Elaborar el programa anual de actuación para su aceptación por el Consejo Diocesano de Misiones, las OO.MM.PP. y el Obispo.
5.7.‑ Corresponde al
Secretario:
- Enviar las convocatorias para las reuniones del
Pleno y de la Comisión Permanente
- Levantar Acta de las mismas.
- Archivar toda la documentación teniéndola a
disposición del Consejo Diocesano
de Misiones.
- Enviar cuantas comunicaciones exija la
actividad del Consejo Diocesano de Misiones..
5.7.- Corresponde al Tesorero:
- Supervisar las cuentas de la Delegación de
Misiones y OMP.
- Elaborar, juntamente con el Presidente, los
presupuestos anuales.
- Administrar los fondos y bienes, juntamente con
el Presidente, según las normas de
la Dirección Nacional de las OMP. y de la Administración Diocesana.
6.‑ DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIOCESANO DE MISIONES
Los miembros del C.D.M. serán designados por el siguiente procedimiento:
6.1.‑ El Presidente, será el Delegado de Misiones.
6.2.‑ El Secretario, el Tesorero y los cuatro representantes de las OO.MM.PP. serán designados por el Presidente.
6.3.‑ Los demás miembros serán designados a propuesta de las entidades a las que representan.
7.‑
FUNCIONAMIENTO
7.1.‑ El Pleno del Consejo se reunirá con carácter ordinario al menos dos veces al año, con el fin de programar, acompañar y evaluar la actividad misionera diocesana. Con carácter extraordinario podrá reunirse cuantas veces lo exija el mejor cumplimiento de sus funciones. En ambos casos, no se requerirá un determinado número de asistentes.
7.2.‑ La Comisión Permanente se reunirá con carácter ordinario cada dos meses y con carácter extraordinario siempre que sea necesario.
7.3.- Las reuniones de la Comisión Permanente, requerirán la presencia de al menos la mitad de sus miembros a la hora de tomar decisiones.
7.4.- Tanto en el Pleno del Consejo como en la Comisión Permanente, la toma de decisiones requerirá mayoría cualificada de los miembros, es decir, los dos tercios de los asistentes.
7.5.‑ Las reuniones del Pleno serán convocadas con la anticipación debida, mediante el envío del correspondiente Orden del Día.
7.6.‑ La Comisión Permanente incluirá en el Orden del Día todos los temas que le sean sugeridos por cualquiera de los miembros del Consejo.
7.7.‑ Para el adecuado estudio o ejecución de algunos asuntos, podrán constituirse en el seno del Consejo comisiones especiales de trabajo.
8.‑ RENOVACIÓN DEL CONSEJO
8.1.‑ El Presidente del Consejo designado por el Obispo, cesa cuando éste lo disponga a tenor de las normas de la Diócesis.
8.2.‑ Los miembros
elegidos como representantes de
diversas organizaciones gozarán de un mandato de 3 años, pudiendo ser
reelegidos. En el caso de cesar por cualquier causa, se elige un nuevo
representante.
ANEXO
En el caso de que el Delegado de Misiones y Presidente sea seglar, el Consiliario también formará parte de la Comisión Permanente.